Noviembre 7, día clave para votar por proposiciones para un mejor futuro de Texas


Juan Rodríguez


Laredo, Tx.- El próximo 7 de noviembre será un día clave para un mejor futuro para Laredo y para Texas, fues se expondrán cambios propositivos, enmiendas a la Legislatura que tendrán que ser aprobados por la vía electoral ese día, pues representan múltiples beneficios sobre todo para los maestros en retiro y para quienes son propietarios de viviendas, entre otros.

Son 14 proposiciones que se someterán para que el electorado texano y laredense vote en su favor, dijo el diputado estatal Richard Peña Raymonds, quien presentó dos de ellas, las más importantes de las 14 porque ofrecen cambios determinantes para fortalecer la economía familiar de los laredenses y de los texanos.


ESTAS SON LAS PROPOSICIONES


Proposición número Uno:


HJR 126 propone una enmienda constitucional para proteger el derecho de una persona a participar en
generalmente aceptados de granja, rancho, la producción de madera, horticultura, o las prácticas de gestión de la vida silvestre en bienes inmuebles que la persona posee o arrienda.
propiedad que la persona posee o arrienda. La enmienda propuesta no afectaría a la
autoridad de la legislatura para autorizar la regulación de estas prácticas por: (1) una agencia estatal o
(1) una agencia estatal o subdivisión política según sea necesario para proteger la salud y seguridad públicas de un peligro inminente;
(2) una agencia estatal para prevenir un peligro para la salud animal o la producción de cultivos; o (3) una agencia estatal
o subdivisión política para preservar o conservar los recursos naturales del estado según la Constitución de Texas.
de Texas. Además, la enmienda propuesta no afectaría a la autoridad de la legislatura
para autorizar el uso o adquisición de propiedades para un uso público, incluyendo el desarrollo de recursos naturales en virtud de la Constitución de Texas.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional que protege el derecho a dedicarse a la agricultura, la ganadería, la producción maderera, la horticultura y la gestión de la fauna silvestre”.

Propuesta número 2
SJR 64 propone una enmienda constitucional para permitir que el órgano de gobierno de un condado o
municipio para eximir de impuestos a la propiedad de la totalidad o parte del valor de tasación de bienes inmuebles
utilizado para operar un centro de cuidado infantil. La enmienda propuesta autoriza al órgano
a adoptar la exención como un porcentaje del valor de tasación de la propiedad, pero ese porcentaje no podría ser inferior al 50% del valor de tasación de la propiedad.
La enmienda propuesta también permitiría a la legislatura definir el término “instalación de cuidado de niños” y establecer requisitos adicionales para recibir la exención.
establecer requisitos adicionales para recibir la exención del impuesto sobre bienes inmuebles.
La enmienda propuesta figurará en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que autoriza la exención de impuestos ad valorem por parte de un condado o municipio sobre
todo o parte del valor de tasación de los bienes inmuebles utilizados para operar un centro de cuidado infantil”.
Proposición Número 3

HJR 132 propone una enmienda constitucional para prohibir que la legislatura imponga un impuesto
basado en la riqueza o el patrimonio neto de un individuo o familia. La enmienda propuesta también
prohibía a la legislatura la imposición de un impuesto basado en la diferencia entre los activos y
los activos y pasivos de una persona o familia.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional que prohíbe la imposición de un impuesto sobre la riqueza individual o el patrimonio neto, incluyendo un impuesto sobre la diferencia entre los activos y pasivos de un individuo o familia”.


Proposición Número 4

(HJR 2 – Segunda Sesión Especial)
HJR 2 propone una enmienda constitucional para modificar ciertas disposiciones de la Constitución de Texas relacionadas con los impuestos sobre la propiedad. La enmienda propuesta autoriza a la legislatura para limitar temporalmente el valor máximo de tasación de bienes inmuebles a efectos del impuesto a la propiedad en un año fiscal. La enmienda propuesta también aumentaría la exención obligatoria de la propiedad familiar.
Proposición número 5

HJR 3 propone una enmienda constitucional para rediseñar el fondo nacional de universidades de investigación
como el Fondo de la Universidad de Texas (TUF), y para asignar fondos de la estabilización económica
económica al TUF. La enmienda propuesta asignaría al TUF una cantidad igual a
 os ingresos por intereses, dividendos y ganancias de inversión atribuibles al fondo de estabilización
estabilización económica del ejercicio fiscal anterior. La cantidad asignada no podría exceder de 100 millones de dólares para el año fiscal estatal que comienza el 1 de septiembre de 2023, o una cantidad ajustada por el
aumento del índice general de precios, no superior al dos por ciento, en los siguientes ejercicios fiscales estatales.
La enmienda propuesta también prohibiría a cualquier universidad estatal que tenga derecho a participar
en la financiación específica prevista en el Artículo VII, Sección 18 de la Constitución de Texas.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
relativa al Fondo Universitario de Texas, que proporciona financiación a ciertas instituciones de educación
educación superior para que alcancen prominencia nacional como grandes universidades de investigación e impulsen la economía del estado”.

Proposición número 6

SJR 75 propone una enmienda constitucional para crear el fondo de agua de Texas. El fondo del agua de Texas
sería un fondo especial en el tesoro del estado fuera del fondo de ingresos generales, administrado
administrado por la Junta de Desarrollo del Agua de Texas (TWDB) o su sucesor para ayudar a financiar
proyectos hídricos en el estado. La enmienda propuesta ordenaría al administrador del fondo del agua de Texas
a utilizar el fondo únicamente para transferir dinero a otros fondos o cuentas de la TWDB. La enmienda
La enmienda propuesta autorizaría a la legislatura a depositar dinero en el fondo del agua para que esté disponible para las transferencias permitidas.
No se requeriría ninguna otra asignación legislativa para que el administrador del fondo del agua transfiera dinero del fondo o restituya dinero al fondo, incluyendo la transferencia de dinero o la restitución de dinero de ciertos fondos y cuentas 
designados de la TWDB. El fondo de agua consistiría en: (1) dinero transferido o depositado al fondo por
(2) otros ingresos que la legislatura dedique por ley a ser depositados en el fondo;
(3) los beneficios de las inversiones y los intereses devengados por las cantidades ingresadas en el fondo;
(4) dinero procedente de regalos, subvenciones y donaciones al fondo; y (5) dinero devuelto de cualquier transferencia autorizada.
La enmienda propuesta requeriría que la legislatura, por ley general, dispusiera la forma en que se puede utilizar el dinero del fondo del agua de Texas.
La enmienda propuesta también requeriría que al menos el 25% del dinero asignado inicialmente al fondo de agua de Texas se transfiriera al Nuevo Suministro de Agua para Texas.
La enmienda propuesta figurará en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que crea el fondo de agua de Texas para ayudar a financiar proyectos de agua en este estado”.
Proposición Número 7

SJR 93 propone una enmienda constitucional para establecer el fondo de energía de Texas. El fondo
El fondo de energía de Texas sería un fondo especial en el tesoro del estado fuera del fondo de ingresos generales,
administrado por la Comisión de Servicios Públicos de Texas (PUC) o su sucesor. El dinero del fondo PUC o su sucesor para conceder préstamos y subvenciones con el fin de financiar o incentivar
préstamos y subvenciones para financiar o incentivar la construcción, mantenimiento, modernización y
operación de instalaciones de generación eléctrica necesarias para garantizar la fiabilidad o adecuación de una
red eléctrica del Estado. La enmienda propuesta exigiría a la PUC asignar dinero
del fondo para préstamos y subvenciones a proyectos elegibles para instalaciones de generación eléctrica que sirvan
como fuentes de energía de reserva y en cada región del estado que forme parte de una red de energía eléctrica en
proporción a la cuota de carga de esa región. El fondo de energía de Texas constaría de: (1) dinero
acreditado, apropiado o transferido al fondo por o según lo autorizado por la legislatura; (2)
(2) los ingresos que el poder legislativo dedique al fondo; (3) los rendimientos obtenidos de la
(4) las donaciones, subvenciones y donativos aportados al fondo.
La enmienda propuesta figurará en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que prevé la creación del fondo de energía de Texas para apoyar la construcción, mantenimiento,
modernización y operación de instalaciones de generación eléctrica”.
Propuesta para los impuestos sobre la propiedad de los distritos escolares de 40.000 a 100.000 dólares. La enmienda propuesta requiere que la legislatura para proporcionar una reducción en la cantidad de la limitación en el distrito escolar
impuestos sobre la propiedad del distrito escolar impuestas a la residencia homestead de los ancianos o discapacitados. 
Además, la enmienda eximirá a los créditos no dedicados por la Constitución de Texas y utilizados para
la Constitución de Texas y que se utilicen para reducir el impuesto sobre la propiedad. El crecimiento de los créditos en un bienio ha superado el límite constitucional de gasto fiscal.
La enmienda propuesta autoriza además a la legislatura a disponer que los miembros de una junta de tasación en un condado con una población de al menos 75.000 habitantes cumplan mandatos que no superen los cuatro años.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional para autorizar a la legislatura a establecer un límite temporal en el valor tasado máximo de los bienes inmuebles que no sean residencias familiares a efectos del impuesto ad valorem  por un distrito escolar aplicable a residencias de 40.000 a 100.000 dólares; ajustar el importe de la limitación de los impuestos ad valorem del distrito escolar sobre las residencias de ancianos o discapacitados para reflejar los aumentos de determinados importes de exención para exceptuar ciertas asignaciones ad valorem de la limitación constitucional de la tasa de crecimiento de los créditos; y para autorizar a la legislatura a establecer un mandato de cuatro años para un miembro de la junta directiva de ciertos distritos de tasación.SJR 93 propone una enmienda constitucional para establecer el fondo de energía de Texas. 
fondo de energía de Texas sería un fondo especial en el tesoro del estado fuera del fondo de ingresos generales,
administrado por la Comisión de Servicios Públicos de Texas (PUC) o su sucesor. El dinero del fondo
PUC o su sucesor para conceder préstamos y subvenciones con el fin de financiar o incentivar
préstamos y subvenciones para financiar o incentivar la construcción, mantenimiento, modernización y
operación de instalaciones de generación eléctrica necesarias para garantizar la fiabilidad o adecuación de una
red eléctrica del Estado. La enmienda propuesta exigiría a la PUC asignar dinero
del fondo para préstamos y subvenciones a proyectos elegibles para instalaciones de generación eléctrica que sirvan
como fuentes de energía de reserva y en cada región del estado que forme parte de una red de energía eléctrica en
proporción a la cuota de carga de esa región. El fondo de energía de Texas constaría de: (1) dinero
acreditado, apropiado o transferido al fondo por o según lo autorizado por la legislatura; (2)
(2) los ingresos que el poder legislativo dedique al fondo; (3) los rendimientos obtenidos de la
(4) las donaciones, subvenciones y donativos aportados al fondo.
La enmienda propuesta figurará en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional que prevé la creación del fondo de energía de Texas para apoyar la construcción y mantenimiento,

Proposición número 8
HJR 125 propone una enmienda constitucional para crear el fondo de infraestructura de banda ancha.
El fondo de infraestructura de banda ancha sería un fondo especial en el tesoro del estado fuera del fondo de ingresos generales administrado por el Contralor de Cuentas Públicas de Texas (Contralor). 
El dinero del fondo podría utilizarse, sin necesidad de nuevas asignaciones, únicamente para la expansión del acceso y la adopción de servicios de banda ancha y telecomunicaciones.
y la adopción de servicios de banda ancha y telecomunicaciones. El fondo de infraestructuras de banda ancha
se compondría de: (1) dinero transferido o depositado en el fondo por la Constitución de Texas o la Ley General de Asignaciones; (2) los ingresos que la legislatura por ley general
(3) los beneficios de las inversiones y los intereses devengados por el dinero del fondo; y
(4) regalos, subvenciones y donaciones al fondo. La enmienda propuesta autoriza al Contralor a transferir dinero del fondo de infraestructuras de banda ancha a otro fondo, según lo dispuesto por la ley general, y la agencia estatal que administre el fondo al que se transferirá podría utilizar el dinero sin más apropiaciones sólo para la expansión del acceso
y la adopción de servicios de banda ancha y telecomunicaciones. El fondo para infraestructuras de banda ancha
de banda ancha expirará el 1 de septiembre de 2035, a menos que se prorrogue mediante la adopción de una resolución conjunta de la legislatura.
Inmediatamente antes de la expiración del fondo, el Interventor deberá transferir cualquier saldo no gastado y no comprometido que quede en el fondo de infraestructura de banda ancha al fondo de ingresos generales.
de banda ancha al fondo general de ingresos.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional por la que se crea el fondo de infraestructuras de banda ancha para ampliar el acceso a la banda ancha de alta velocidad y ayudar en la financiación de proyectos de conectividad”.
Proposición número 9

HJR 2 propone una enmienda constitucional para autorizar a la legislatura para proporcionar un costde vida a los pensionistas elegibles del Sistema de Jubilación de Maestros de Texas (TRS). La
La enmienda propuesta también autorizaría a la legislatura a asignar dinero del fondo de ingresos generales a la Contraloría de Cuentas Públicas de Texas para pagar el ajuste del costo de vida.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que autoriza a la 88ª Legislatura a proporcionar un ajuste por costo de vida a ciertos pensionados del
del Sistema de Jubilación de Maestros de Texas”.
Proposición número 10

SJR 87 propone una enmienda constitucional para permitir a la legislatura para eximir de la propiedad
bienes muebles tangibles en poder de un fabricante médica o biomédica como un acabado
o utilizados en la fabricación o procesamiento de productos médicos o biomédicos.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
para autorizar a la legislatura a eximir de impuestos ad valorem el equipo o inventario mantenido
por un fabricante de productos médicos o biomédicos para proteger la red sanitaria de Texas
y fortalecer nuestra cadena de suministro médico”.
Proposición Número 11
(SJR 32)
SJR 32 propone una enmienda constitucional para ampliar la autoridad de la legislatura con
respecto a los distritos de conservación y recuperación en el condado de El Paso. La Constitución de Texas
permite a los distritos de conservación y recuperación en ciertos condados de todo el estado para emitir bonos
para financiar el desarrollo y mantenimiento de parques e instalaciones recreativas, pero no
actualmente esta autoridad al Condado de El Paso. La enmienda propuesta añadiría
los distritos de conservación y regeneración del condado de El Paso a los distritos que actualmente pueden, si la ley general lo
actualmente autorizados, si así lo autoriza la ley general, a emitir bonos respaldados por los
y mantenimiento de parques e instalaciones recreativas. La enmienda propuesta no limitaría
los poderes de la legislatura o de un distrito de conservación y recuperación con respecto a los parques
e instalaciones recreativas, tal y como existen en la actualidad.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que autoriza a la legislatura a permitir que los distritos de conservación y recuperación en el condado de El Paso
para emitir bonos respaldados por impuestos ad valorem para financiar el desarrollo y mantenimiento de parques e instalaciones recreativas”.
.
Proposición Número 12

HJR 134 propone una enmienda constitucional para abolir la oficina del Tesorero del Condado de
Condado de Galveston. La enmienda autorizaría a la Corte de Comisionados del Condado de Galveston
para emplear o contratar a una persona calificada o designar a otro funcionario del condado para llevar a cabo cualquier
funciones que hubiera desempeñado el Tesorero del Condado. La enmienda propuesta
entraría en vigor sólo si la mayoría de los votantes del Condado de Galveston votar sobre la proposición
a favor de la enmienda.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que dispone la abolición del cargo de tesorero del condado en el condado de Galveston”.
Proposición Número 13
(HJR 107)
HJR 107 propone una enmienda constitucional para aumentar la edad de jubilación obligatoria para jueces estatales. Actualmente, la Constitución de Texas establece que los magistrados y jueces de los tribunales de apelación, los tribunales de distrito y los tribunales penales de distrito deben jubilarse al expirar el de 75 años o una edad anterior, no inferior a 70 años, que la legislatura pueda prescribir. La enmienda propuesta modificaría la edad de jubilación
edad de jubilación obligatoria para los jueces de los tribunales de apelación, tribunales de distrito y
a los 79 años o a una edad anterior, no inferior a 75 años, que el poder legislativo podrá prescribir. La
La enmienda propuesta también eliminaría la disposición que establece que los magistrados y jueces sólo pueden
hasta el 31 de diciembre de su cuarto año en el cargo si alcanzan la edad de 75 años en los primeros cuatro años de un mandato de seis años.
a enmienda propuesta figurará en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
para aumentar la edad obligatoria de jubilación de los jueces y magistrados estatales”.
Proposición número 14

SJR 74 propone una enmienda constitucional para establecer el fondo de conservación de parques centenarios
como un fondo fiduciario fuera de la tesorería del estado. El fondo podría ser utilizado, de conformidad con la ley general
ley general, sólo para la creación y mejora de los parques estatales. El fondo de conservación de parques del centenario
consistiría en: (1) dinero asignado, acreditado o transferido al fondo por la
(2) regalos, subvenciones y donaciones recibidas por el Departamento de Parques y Vida Silvestre de Texas (TPWD) o su sucesor.
(TPWD) o su sucesor para un propósito para el cual el dinero en el fondo puede ser utilizado; y (3)
los beneficios de las inversiones y los intereses devengados por las cantidades ingresadas en el fondo. La enmienda
La enmienda propuesta autorizaría a la legislatura para apropiarse de dinero de los parques del centenario
a la TPWD o a su sucesor para la creación y mejora de parques estatales.
La enmienda propuesta aparecerá en la papeleta de la siguiente manera: “La enmienda constitucional
que prevé la creación del fondo de conservación de parques del centenario que se utilizará para la creación y mejora de los parques estatales.

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